/ viernes 5 de marzo de 2021

Prevén otorgar amnistía en plazos de 41 a 71 días hábiles

Los lineamientos podrán aplicarse tanto a personas privadas de su libertad, como a quienes se encuentran libres en delitos que no sean de alto impacto


Las resoluciones a solicitudes de amnistía deberán ser relativamente rápidas, en plazos que irían de 41 a 71 días hábiles, dependiendo de cada caso ante las autoridades judiciales, de acuerdo con los lineamientos para sustanciar las solicitudes de amnistía, emitidos por el Poder Judicial mexiquense.

Sin embargo, como lo ha señalado el activista e integrante de la organización Presunción de Inocencia, José Humbertus Pérez Espinoza en ninguna parte del acuerdo se señala qué hará el Poder Judicial cuando la Legislatura le solicite su opinión en los casos especiales por violaciones a derechos, fallas en el sistema de justicia o la fabricación de delitos.

Los lineamientos acatan lo establecido por la Legislatura en la Ley de Amnistía del Estado de México y además ordenan a la Dirección General de la Escuela Judicial implementar las acciones necesarias para la capacitación del personal jurisdiccional y a la Dirección General de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Poder Judicial del Estado de México implementar las medidas pertinentes en los Sistemas de Gestión Judicial Penal (SIJEGUPE y SIGEPEA), a fin de que en los órganos jurisdiccionales que cuentan con tribunal electrónico se reciban y tramiten las solicitudes.

Los lineamientos son de aplicación obligatoria a los Juzgados de Control, de Tribunal de Enjuiciamiento, de Ejecución Penal del Poder Judicial del Estado de México, a los Especializados en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes del Estado de México, a los Juzgados Penales de Primera Instancia del Estado de México, Tribunales de Alzada en Materia Penal del Poder Judicial del Estado de México y Tribunal de Alzada Especializado en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes del Estado de México.

Los lineamientos podrán aplicarse tanto a personas privadas de su libertad, como a quienes se encuentran libres en delitos que no sean de alto impacto.

Las solicitudes deberán presentarse en el área de atención al público del Juzgado o Tribunal de Alzada competente y en las que se planteen a través del Tribunal Electrónico, las notificaciones serán realizadas por esa vía.

El Juez o Tribunal de Alzada deberá analizar cada solicitud para asegurarse que el delito o delitos por los cuales se solicita el beneficio de amnistía encuadran en los supuestos del artículo 4 de la Ley, y no se encuentra dentro de las causales de exclusión.

La participación del Poder Judicial se prevé hasta verificar que la determinación del juez o del tribunal se cumpla, pero no explica quién recibiría las recomendaciones de la comisión legislativa, que se acaba de crear para ver casos especiales, ni quién se encargará de analizarlas y de ofrecer una opinión.

El objetivo de los lineamientos es establecer las reglas de operatividad y el desarrollo de las funciones de los juzgados, tribunales del Poder Judicial del Estado de México.

Los plazos

Una vez recibida la solicitud, el secretario de acuerdos o la administración del juzgado registrará la carpeta de amnistía y la turnará al juez o magistrado que corresponda, quien contará con tres días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud para emitir un auto donde definirá si admite la solicitud e inicia el trámite del procedimiento, si emite prevención para que aclare o corrija la solicitud, o si la desecha por improcedente.

Cuando se realice una prevención, el solicitante tendrá tres días hábiles, siguientes a su notificación, para aclarar o corregir la solicitud, pero en caso de no hacerlo se desechará de plano.

Si la autoridad considera que no se cumplen las hipótesis que la ley menciona, o que se encuentra dentro de las causas de exclusión, se desechará por notoriamente improcedente, sin que pueda promoverse nuevamente, salvo que el desechamiento obedezca a no haber cumplido algún requerimiento o requisito.

La determinación deberá ser notificada a la persona interesada, por correo electrónico cuando se encuentre en libertad, presencial en el Centro Penitenciario, o en el Centro de Internamiento para Adolescentes “Quinta del Bosque” en que se encuentre privado de la libertad, y a las demás partes en el domicilio procesal, preferentemente a través de medios alternos. A las personas sustraídas a la acción de la justicia se les notificará en los estrados del juzgado.

En caso de ser admitida la solicitud o subsanada la prevención, se dará vista al agente del ministerio público, a la víctima u ofendido, así como a sus asesores jurídicos para que en cinco días hábiles manifiesten, y en su caso ofrezcan documentos y/o constancias.

Una vez integrada la carpeta, se decretará el cierre y el órgano jurisdiccional dictará la resolución en que se fundamente y motive la procedencia o improcedencia de la amnistía, en un plazo de 30 días que podría irse hasta 60, dependiendo del caso.

La resolución deberá ser notificada a la persona interesada, por correo electrónico, en el lugar donde se encuentre interno, o en los estrados del juzgado.


No hubo omisión del P. Judicial: Gerardo Ulloa, buscarán agilizar amnistias

Legislatura también impulsará solicitudes de indultos


El presidente de la comisión legislativa especial para conocer casos que podrían obtener amnistía en el Estado de México, Gerardo Ulloa Pérez consideró que no hubo omisiones del Tribunal Superior de Justicia en los lineamientos que emitió en esa materia, como acusa el activista José Humbertus Pérez Espinoza.

Admitió que hay grandes expectativas en torno a esa norma y además de hacer recomendaciones, las y los diputados podrían solicitar al Ejecutivo indultos, una figura que pese a estar legislada, no se ha aplicado en la entidad.

El indulto es facultad exclusiva del gobernador en turno para extinguir la pena a una persona sentenciada por cuestiones humanitarias o de equidad a personas en situación de vulnerabilidad, así como a personas Integrantes de una etnia o pueblo indígena. La ley estatal data del 2016.

En entrevista señaló que entre martes y miércoles de la siguiente semana instalarán la comisión especial para conocer casos que podrían obtener amnistía y posteriormente sostendrán reuniones con instituciones y organizaciones y comenzarán a recibir las peticiones, en los términos que señala la ley.

También confío en que pese a las elecciones la comisión seguirá trabajando y admitió que los seis meses de trabajo de esta comisión son poco tiempo, pero si fueran insuficientes, la siguiente Legislatura podría mantenerla para seguir analizando los asuntos.

La comisión, dijo, conocerá casos especiales, pero las y los legisladores no la ejecutarán, sino deberán coordinarse con los demás poderes y turnar los asuntos que incluirán delitos de alto impacto por violaciones a derechos, fallas en el sistema de justicia y por la fabricación de delitos al Poder Judicial.

Anunció que también buscarán turnar peticiones de indulto al Ejecutivo mexiquense. "También podemos tramitar solicitudes de indulto, por eso se menciona en la ley, queremos aprovechar esa figura".

El objetivo, dijo Ulloa, es ordenar todo bien, no generar falsas expectativas, no cometer errores, pero dejar claro que la sola recepción de una petición no implica que se logrará la amnistía, pues cada solicitud deberá ser analizada.

Las y los representantes populares, dijo, también vigilarán cómo se aplica la ley, mantendrán comunicación directa para informar qué pasa con las solicitudes y admitió que hay casos fabricados o donde hubo una mala defensa y las personas fueron acusdas por delitos graves y son casos especiales.

El diputado local admitió que la comisión sólo durará seis meses porque están por concluir su encargo y admitió que el tiempo podría ser insuficiente, pero existe la posibilidad de que la siguiente Legislatura la mantenga.

"Quizá no dé tiempo suficiente, pero la comisión podría ser retomada, la podrían mantener sino se resuelve; la otra Legislatura lo puede retomar porque es una comisión especial como pasó con la comisión de concordia y pacificación en Chiapas que se mantuvo en varias legislaturas. Seis meses serán insuficientes y la recomendación sería que la vuelvan a tener", opinó.

Los casos que lleguen a la comisión, dijo, se analizarán, se elaborará un dictamen y se emitirán recomendaciones, pero el encargado de resolver será el Poder Judicial, y aunque no hay un plazo para que les respondan dijo que diputadas y diputados deberán presionar y plantear que se resuelva en los mismos términos que las otras solicitudes que lleguen a jueces, juezas, magistrados y magistradas.

Ulloa confío en que no perderán tiempo por las elecciones, pues impulsará que existan asesores, abogados especializados en estos temas para que den continuidad a los trabajos mientras las y los legisladores solicitan licencia para ir a campañas.

También opinó que no hubo omisión del Tribunal Superior de Justicia al no incluir en los lineamientos cómo atenderá las recomendaciones de amnistía, formuladas por las y los diputados, pues la ley señala que deberá recibirlas.


Las resoluciones a solicitudes de amnistía deberán ser relativamente rápidas, en plazos que irían de 41 a 71 días hábiles, dependiendo de cada caso ante las autoridades judiciales, de acuerdo con los lineamientos para sustanciar las solicitudes de amnistía, emitidos por el Poder Judicial mexiquense.

Sin embargo, como lo ha señalado el activista e integrante de la organización Presunción de Inocencia, José Humbertus Pérez Espinoza en ninguna parte del acuerdo se señala qué hará el Poder Judicial cuando la Legislatura le solicite su opinión en los casos especiales por violaciones a derechos, fallas en el sistema de justicia o la fabricación de delitos.

Los lineamientos acatan lo establecido por la Legislatura en la Ley de Amnistía del Estado de México y además ordenan a la Dirección General de la Escuela Judicial implementar las acciones necesarias para la capacitación del personal jurisdiccional y a la Dirección General de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Poder Judicial del Estado de México implementar las medidas pertinentes en los Sistemas de Gestión Judicial Penal (SIJEGUPE y SIGEPEA), a fin de que en los órganos jurisdiccionales que cuentan con tribunal electrónico se reciban y tramiten las solicitudes.

Los lineamientos son de aplicación obligatoria a los Juzgados de Control, de Tribunal de Enjuiciamiento, de Ejecución Penal del Poder Judicial del Estado de México, a los Especializados en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes del Estado de México, a los Juzgados Penales de Primera Instancia del Estado de México, Tribunales de Alzada en Materia Penal del Poder Judicial del Estado de México y Tribunal de Alzada Especializado en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes del Estado de México.

Los lineamientos podrán aplicarse tanto a personas privadas de su libertad, como a quienes se encuentran libres en delitos que no sean de alto impacto.

Las solicitudes deberán presentarse en el área de atención al público del Juzgado o Tribunal de Alzada competente y en las que se planteen a través del Tribunal Electrónico, las notificaciones serán realizadas por esa vía.

El Juez o Tribunal de Alzada deberá analizar cada solicitud para asegurarse que el delito o delitos por los cuales se solicita el beneficio de amnistía encuadran en los supuestos del artículo 4 de la Ley, y no se encuentra dentro de las causales de exclusión.

La participación del Poder Judicial se prevé hasta verificar que la determinación del juez o del tribunal se cumpla, pero no explica quién recibiría las recomendaciones de la comisión legislativa, que se acaba de crear para ver casos especiales, ni quién se encargará de analizarlas y de ofrecer una opinión.

El objetivo de los lineamientos es establecer las reglas de operatividad y el desarrollo de las funciones de los juzgados, tribunales del Poder Judicial del Estado de México.

Los plazos

Una vez recibida la solicitud, el secretario de acuerdos o la administración del juzgado registrará la carpeta de amnistía y la turnará al juez o magistrado que corresponda, quien contará con tres días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud para emitir un auto donde definirá si admite la solicitud e inicia el trámite del procedimiento, si emite prevención para que aclare o corrija la solicitud, o si la desecha por improcedente.

Cuando se realice una prevención, el solicitante tendrá tres días hábiles, siguientes a su notificación, para aclarar o corregir la solicitud, pero en caso de no hacerlo se desechará de plano.

Si la autoridad considera que no se cumplen las hipótesis que la ley menciona, o que se encuentra dentro de las causas de exclusión, se desechará por notoriamente improcedente, sin que pueda promoverse nuevamente, salvo que el desechamiento obedezca a no haber cumplido algún requerimiento o requisito.

La determinación deberá ser notificada a la persona interesada, por correo electrónico cuando se encuentre en libertad, presencial en el Centro Penitenciario, o en el Centro de Internamiento para Adolescentes “Quinta del Bosque” en que se encuentre privado de la libertad, y a las demás partes en el domicilio procesal, preferentemente a través de medios alternos. A las personas sustraídas a la acción de la justicia se les notificará en los estrados del juzgado.

En caso de ser admitida la solicitud o subsanada la prevención, se dará vista al agente del ministerio público, a la víctima u ofendido, así como a sus asesores jurídicos para que en cinco días hábiles manifiesten, y en su caso ofrezcan documentos y/o constancias.

Una vez integrada la carpeta, se decretará el cierre y el órgano jurisdiccional dictará la resolución en que se fundamente y motive la procedencia o improcedencia de la amnistía, en un plazo de 30 días que podría irse hasta 60, dependiendo del caso.

La resolución deberá ser notificada a la persona interesada, por correo electrónico, en el lugar donde se encuentre interno, o en los estrados del juzgado.


No hubo omisión del P. Judicial: Gerardo Ulloa, buscarán agilizar amnistias

Legislatura también impulsará solicitudes de indultos


El presidente de la comisión legislativa especial para conocer casos que podrían obtener amnistía en el Estado de México, Gerardo Ulloa Pérez consideró que no hubo omisiones del Tribunal Superior de Justicia en los lineamientos que emitió en esa materia, como acusa el activista José Humbertus Pérez Espinoza.

Admitió que hay grandes expectativas en torno a esa norma y además de hacer recomendaciones, las y los diputados podrían solicitar al Ejecutivo indultos, una figura que pese a estar legislada, no se ha aplicado en la entidad.

El indulto es facultad exclusiva del gobernador en turno para extinguir la pena a una persona sentenciada por cuestiones humanitarias o de equidad a personas en situación de vulnerabilidad, así como a personas Integrantes de una etnia o pueblo indígena. La ley estatal data del 2016.

En entrevista señaló que entre martes y miércoles de la siguiente semana instalarán la comisión especial para conocer casos que podrían obtener amnistía y posteriormente sostendrán reuniones con instituciones y organizaciones y comenzarán a recibir las peticiones, en los términos que señala la ley.

También confío en que pese a las elecciones la comisión seguirá trabajando y admitió que los seis meses de trabajo de esta comisión son poco tiempo, pero si fueran insuficientes, la siguiente Legislatura podría mantenerla para seguir analizando los asuntos.

La comisión, dijo, conocerá casos especiales, pero las y los legisladores no la ejecutarán, sino deberán coordinarse con los demás poderes y turnar los asuntos que incluirán delitos de alto impacto por violaciones a derechos, fallas en el sistema de justicia y por la fabricación de delitos al Poder Judicial.

Anunció que también buscarán turnar peticiones de indulto al Ejecutivo mexiquense. "También podemos tramitar solicitudes de indulto, por eso se menciona en la ley, queremos aprovechar esa figura".

El objetivo, dijo Ulloa, es ordenar todo bien, no generar falsas expectativas, no cometer errores, pero dejar claro que la sola recepción de una petición no implica que se logrará la amnistía, pues cada solicitud deberá ser analizada.

Las y los representantes populares, dijo, también vigilarán cómo se aplica la ley, mantendrán comunicación directa para informar qué pasa con las solicitudes y admitió que hay casos fabricados o donde hubo una mala defensa y las personas fueron acusdas por delitos graves y son casos especiales.

El diputado local admitió que la comisión sólo durará seis meses porque están por concluir su encargo y admitió que el tiempo podría ser insuficiente, pero existe la posibilidad de que la siguiente Legislatura la mantenga.

"Quizá no dé tiempo suficiente, pero la comisión podría ser retomada, la podrían mantener sino se resuelve; la otra Legislatura lo puede retomar porque es una comisión especial como pasó con la comisión de concordia y pacificación en Chiapas que se mantuvo en varias legislaturas. Seis meses serán insuficientes y la recomendación sería que la vuelvan a tener", opinó.

Los casos que lleguen a la comisión, dijo, se analizarán, se elaborará un dictamen y se emitirán recomendaciones, pero el encargado de resolver será el Poder Judicial, y aunque no hay un plazo para que les respondan dijo que diputadas y diputados deberán presionar y plantear que se resuelva en los mismos términos que las otras solicitudes que lleguen a jueces, juezas, magistrados y magistradas.

Ulloa confío en que no perderán tiempo por las elecciones, pues impulsará que existan asesores, abogados especializados en estos temas para que den continuidad a los trabajos mientras las y los legisladores solicitan licencia para ir a campañas.

También opinó que no hubo omisión del Tribunal Superior de Justicia al no incluir en los lineamientos cómo atenderá las recomendaciones de amnistía, formuladas por las y los diputados, pues la ley señala que deberá recibirlas.

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