Habrá condonaciones y subsidios al transporte público del Edomex en 2023 

Ofrecerán autoridades descuentos en varios trámites 

Violeta Huerta | El Sol de Toluca

  · martes 27 de diciembre de 2022

Foto: Ilustrativa | Cuartoscuro

El Gobierno mexiquense aplicará en 2023 subsidios y condonaciones a concesionarios del transporte público, en los pagos de tenencia y otros trámites vehiculares, en busca de que regularicen su situación.

Las autoridades publicaron un acuerdo en Gaceta de Gobierno para señalar que habrá un subsidio del 100% en el pago del impuesto de tenencia del ejercicio 2023 para las personas propietarias de vehículos destinadas al transporte público de pasajeros.

Para ello, deberán acreditar, al momento de solicitar el trámite respectivo, que el vehículo tiene una concesión vigente y se encuentra al corriente en el pago de tenencia y en el de refrendo anual.

Para las y los contribuyentes de transporte público que no obtengan ese beneficio durante los tres primeros meses del ejercicio fiscal 2023, quedarán subsidiados en un 100% los accesorios que se generen durante la vigencia del acuerdo, es decir, hasta el 30 de junio.

También habrá condonación del 100% en el pago de la tenencia y en refrendo anual para vehículos del servicio de transporte público y los accesorios de los ejercicios 2021 y anteriores; así como para los propietarios de vehículos destinados al transporte público de pasajeros en todas sus clases y modalidades; siempre y cuando, paguen los años 2022 y 2023.

Otro subsidio del 100% será para las concesiones vigentes del servicio regular de pasaje colectivo, así como, del servicio discrecional de pasaje individual en automóvil de alquiler de sitio, en el pago de derechos por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, por concepto de prórroga o cambio de temporalidad de vigencia de la concesión, equivalente a un año contado, a partir de la fecha de vencimiento.

Este es uno de los medios de transporte más usados por usuarios del valle de México. Foto: cortesía | Ferrocarriles Mexicano

Esto se aplicará siempre y cuando el año modelo de los vehículos con concesiones tenga una vida útil de 10 años contados y si es modelo 2021 o posterior, se otorgará un subsidio adicional del 100% en el pago de los derechos por concepto de prórroga o cambio de temporalidad de vigencia de la concesión, por un año adicional.

En ambos casos, no se podrá exceder la vigencia máxima de la concesión.

Asimismo, habrá un subsidio del 100% en el pago de adeudos, hasta el 2022 por concepto de prórroga o cambio de temporalidad de vigencia en las concesiones vencidas, que se refieran al servicio regular de pasaje colectivo, servicio discrecional de pasaje individual, en automóvil de alquiler de sitio.

Los requisitos para ese último beneficio son: que el concesionario pague la prórroga o cambio de temporalidad de vigencia del ejercicio fiscal 2023, acredite los vehículos tengan 10 años de vida útil, acrediten que el vehículo no cuenta con adeudos por ningún otro concepto para la prestación del servicio.

También se prevé un subsidio del 50% en el pago de expedición o reposición de placas para vehículos del servicio de transporte público, en todas sus clases y modalidades, siempre y cuando las concesiones estén vigentes al momento de realizar el trámite y el año modelo de los vehículos sea de entre 2014 y 2023.

Otro subsidio será para cambio de vehículo, en todas sus clases y modalidades y será de un 25% para modelos del 2015 al 2017, un 50% para 2018 a 2021 y el 100% para 2022 y 2023.

En épocas decembrinas aumentan los asaltos en la zona de Paseo Tolloca. Foto: Cuartoscuro

También aplicará un subsidio del 100% en los trámites de cambio de propietario y baja de placa y 50% en el pago de los derechos por concepto de reposición del título de concesión y/o tarjeta de circulación, siempre y cuando la concesión se encuentre vigente y el vehículo cuente con 10 años de vida útil.

De igual forma, habrá una condonación del 100% por concepto de adeudos en el Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados, causados en el Ejercicio Fiscal 2023 y anteriores, así como sus accesorios, siempre y cuando tengan una concesión vigente.

Los propietarios de los vehículos de servicio especializado (escolar, personal y turismo), servicio de carga en general, servicio auxiliar de arrastre y salvamento no serán sujetos de los beneficios fiscales.